Micelio
Auto15 de octubre de 2014

A- de 2014

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Cemex De Colombia S.A. Vs Corte Suprema De Justicia Sala Penal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • Normas que determinan la competencia
  • Derecho de toda persona para reclamar ante los jueces la protección de sus derechos fundamentales
Accion De Tutela Contra Corte Suprema De Justicia
  • Disposición según Decreto 1382/00
  • Envío a la Corte Constitucional para surtir trámite del proceso de selección según Auto A100/08
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia
  • Opciones según autos A004/04 y A100/08 cuando hubiere sido negada
Corte Constitucional
  • Competencia para dirimir conflictos de competencia
  • Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
7 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Aparente conflicto de competencia entre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y la Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Lo anterior, por cuanto la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema ya se había pronunciado sobre la inadmisión de la acción de tutela, por tratarse de controvertir una decisión judicial de un órgano de cierre.

La Corte se pronuncia sobre los siguientes temas: 1º.

La competencia de la Corte Constitucional para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela. 2º.

Las normas que determinan la competencia para conocer del trámite de este tipo de acciones. 3º.

Las reglas para solucionar los conflictos de competencia en materia de tutela y 4º.

La acción de tutela contra providencias judiciales y el alcance del Auto 100 de 2008.

Se ordena, que la providencia proferida por la Sala de Casación Civil, surta el trámite fijado en las normas correspondientes al proceso de selección, de acuerdo a lo establecido en el Auto 100 de 2008.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ORDENAR que la providencia proferida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de justicia fechada el dieciocho (18) de junio de dos mil catorce (2014), mediante la cual decidió "no pronunciarse sobre la acción de tutela propuesta por Cemex de Colombia S.A., por carecer de competencia", sea enviada a la Secretaría General de la Corte Constitucional, con el fin de que surta el trámite fijado en las normas correspondientes al proceso de selección., de acuerdo con lo establecido en el Auto 100 de 2008.
  2. Segundo. Con fundamento en lo expuesto en el último acápite de esta providencia, REMITASE a la presidencia de la Corporación para lo de su competencia.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Corte Suprema de Justicia y a la Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que se entere de lo resuelto por la Corte Constitucional en relación con el aparente conflicto de competencia suscitado.
  4. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.